El Seguro de Crédito protege las cuentas por cobrar del asegurado contra el riesgo comercial de no-pago por parte de sus clientes por razones financieras
Los riesgos que cubre son los siguientes:
declaración de quiebra, suspensión de pagos y concurso mercantil
declaración de quiebra, suspensión de pagos y concurso mercantil
desaparición del comprador
desaparición del comprador
en caso de configurarse una insolvencia, se indemniza aceleradamente a los 30 días después de haberse configurado el riesgo
en caso de configurarse una insolvencia, se indemniza aceleradamente a los 30 días después de haberse configurado el riesgo
presunción de insolvencia
presunción de insolvencia
se indemnizará a más tardar 180 días después del vencimiento original de la factura o de su prórroga
se indemnizará a más tardar 180 días después del vencimiento original de la factura o de su prórroga
Cobertura hasta el 90% sobre el valor total de la factura